Faltan las modificaciones a las normas secundarias para que sea legal y no se necesite de ningún amparo
Por Rafael Gómez Chi
Mérida, Yucatán, 7 de septiembre de 2021.- Hoy entró en vigor el Decreto 413/2021 por el que se modifica la Constitución Política del Estado de Yucatán, en materia de matrimonio igualitario, de modo que la nueva legislatura tiene 180 días para armonizar las leyes secundarias al respecto.
Es decir, las y los diputados tienen de plazo hasta el 6 de marzo para realizar las adecuaciones a la legislación secundaria que correspondan y ya sea ley y de ese modo las parejas yucatecas puedan contraer matrimonio sin necesidad de ningún amparo.
La LXII Legislatura aprobó en sus estertores la modificación al artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Yucatán el pasado 25 de agosto.
El Gobernador Mauricio Vila Dosal y la secretaria General de Gobierno firmaron el Decreto 413 apenas el pasado 3 de septiembre, es decir, nueve días después y el Diario Oficial apenas lo publicó anoche en su edición nocturna.
La modificación hecha con 20 votos a favor y cinco en contra reformó los párrafos segundo y tercero del artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, de modo que ahora “el matrimonio es una institución por medio del cual se establece la unión jurídica, libre y voluntaria de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua. El Estado reconoce que es de vital interés para la sociedad que en la unión de dos personas, se establezcan límites en cuanto a la edad y salud física y psíquica.
“El concubinato es la unión de dos personas, quienes libres de matrimonio, viven como cónyuges pueden generar una familia, en los términos que fije la ley”.
Ahora toca a la LXIII Legislatura modificar las leyes y entre más pronto lo hagan las y los yucatecos ya no deberán recurrir a un amparo, de lo contrario, habría que esperar hasta marzo del 2022.