Por Redacción
Mérida, Yucatán, 28 de agosto de 2025.- El Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa de Yucatán concedió una suspensión provisional que impide la entrega obligatoria de datos biométricos para la Clave Única del Registro de Población (CURP).
La decisión se dio tras la queja presentada por un ciudadano, luego de que un juez federal negara inicialmente la medida cautelar contra diversos artículos del decreto que reformó la Ley General de Población.
Los magistrados determinaron que, aunque la normativa busca fortalecer una base de datos para la localización de personas desaparecidas, también debe prevalecer el derecho de los ciudadanos a proteger su información personal y sensible.
En su resolución, el Tribunal concluyó que sí es posible conceder la suspensión provisional bajo el principio del “buen derecho”, subrayando la necesidad de equilibrar los intereses de seguridad con la protección de los datos personales.