Mujeres tendrán desarrollo pleno en ámbitos laborales y educativos si se protege la maternidad

abril 21, 2023

La diputada Karla Franco destaca que si se aprueba se establece el parto seguro, recuperación en el puerperio, lactancia digna y libre de discriminación

Por Redacción

Mérida, Yucatán, 21 de abril de 2023.- De aprobarse la iniciativa de reforma a la Ley de Protección a la Maternidad y la Infancia Temprana, las mujeres embarazadas y lactantes de Yucatán contarán con más derechos que les permitirán desarrollarse plenamente en los ámbitos laborales y educativos.

La diputada Karla Franco Blanco, promovente de este producto legislativo que ya está en análisis en el Congreso del Estado, sostuvo que se ampliarán los derechos reconocidos de las yucatecas, estableciendo las bases para un parto seguro, recuperación en el puerperio, la lactancia digna y libre de discriminación, así como la corresponsabilidad en la crianza de hijas e hijos.

Entre los derechos que se adicionarán a la mencionada Ley, destacó que se eliminarán todos los obstáculos que las empresas o gobiernos ponen a las mujeres embarazadas o lactantes en su promoción o ascenso laboral.

De igual manera, las mujeres embarazadas que realicen actividades de pie en su trabajo, no se les podrá impedir el derecho de contar con sillas o asientos cómodos que les permitan reducir el agotamiento y los riesgos de salud inherentes a su condición.

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Con respecto a la educación, las escuelas públicas o privadas deberán establecer modificaciones a los planes de estudios y horarios a favor de la mujer embarazada, así como justificar su inasistencia por motivos de atención médica, para que de esta manera se garantice que puedan continuar con sus estudios.

Asimismo, las instituciones educativas podrán autorizar bajas temporales, así como implementar las condiciones necesarias para optimizar su rendimiento académico, tanto durante el embarazo como en el ejercicio de la maternidad en la primera infancia.

Será obligatorio que los entes públicos consideren permisos especiales tanto al padre como a la madre para la asistencia a juntas o actividades escolares o para la atención y cuidado de hijas e hijos con alguna discapacidad, o que se encuentren con alguna enfermedad o necesidad especial sean de carácter temporal o definitivo.

Otro derecho de vital importancia, señaló Karla Franco, es que ninguna persona o autoridad podrá separar a niñas y niños de sus familias sin que medie orden de autoridad competente, en la que se determine la procedencia de la separación, en cumplimiento a la preservación del interés superior de la niñez. En ese sentido, ninguna mujer deberá ser cuestionada por sus preferencias, orientación o rol de género y, por lo tanto, nadie podrá quitarles sus hijos.

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