Será infracción grave circular después de las 23:30 horas en Yucatán tras aumento de casos de Covid-19

enero 28, 2021

Por Rafael Gómez Chi

El Gobierno del Estado modificó mediante decreto el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad para considerar, debido a la pandemia de Covid-19, como infracción grave el tránsito vehicular después de las 11:30 de la noche.

Asimismo, la Secretaría de Salud, en coordinación con el Ayuntamiento de Progreso, informó que, con motivo de las fiestas carnestolendas, las cuales no se realizarán este año en el municipio costero para evitar aglomeraciones y procurar la salud de la población, a partir del 4 hasta el 17 febrero se cerrará, tanto para la circulación vehicular como peatonal, el acceso a las playas y a los Malecones Tradicional e Internacional de Progreso.

No obstante, los restaurantes que se encuentra en el boulevard continuarán operando como lo han venido haciendo hasta ahora, cumpliendo con los protocolos y medidas sanitarias. 

En lo que se refiere a las multas que establece el Reglamento de la Ley de Tránsito la sanción serán multan que va de 44 a 56 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que al día de hoy tiene un valor 89.62 pesos. Es decir, entre 3,943 y hasta 5,000 pesos y, de acuerdo con la gravedad, se podría llegar a la retención de la licencia del conductor o el vehículo.

La SSY determinó que los recursos monetarios que se recauden por las multas mencionadas, se destinarán a la adquisición de equipo de protección para nuestros doctores, enfermeras y demás trabajadores de la salud que laboran en el área Covid.

Las multas se aplicarán a partir del viernes 29 de enero de 2021 y, de acuerdo a la gravedad, se podría llegar a la retención de la licencia del conductor o el vehículo.

El horario de restricción vehicular a las 11:30 de la noche se estableció desde el mes de septiembre del año pasado, sin embargo, a consecuencia del considerable aumento de la movilidad social innecesaria de las últimas semanas, se aplicarán multas para reforzar el cumplimiento de esta medida por parte de la población, a fin de contribuir a reducir los riesgos de contagio y para proteger la salud de todos.

La dicha restricción no aplicará para los vehículos que trasladen a pacientes que requieran atención médica de urgencia, así como aquellos que se utilicen para la adquisición de medicinas. También donde se traslade personal de salud debidamente identificado en cualquiera de sus especialidades: paramédica, administrativa o de apoyo.

La restricción tampoco aplica para vehículos en el cual se traslade al personal de las instituciones de procuración o administración de justicia debidamente identificado, los dedicados a la prestación del servicio de entrega de medicinas a domicilio, los dedicados a la prestación de servicios funerarios, servicio de transporte de carga para el suministro de las actividades esenciales diferentes a tiendas de autoservicio, cuyo suministro deberá efectuarse dentro del horario comprendido

No dice nada de los vehículos que utiliza la prensa o los medios de comunicación. Cabe aclarar también que algunos policías se mostraban intransigentes con las personas que por necesidad tenían que circular a esas horas de la noche.

Hay que recordar que, tras estas medidas y otra serie de acciones, la evolución de la pandemia registró una estabilidad hasta finales del año pasado, no obstante, hubo un repunte debido a la movilidad originada por las celebraciones decembrinas, por lo que el Gobierno del Estado hace un llamado a la cooperación de toda la población para acatar estas medidas, a fin de reducir los riesgos de contagio y proteger la salud de todas las personas que habitan en Yucatán.

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